Localización de lo privado

Eduardo Gandolfo [Psicólogo. Psicoanalista. Fue profesor de psicología (UCES) e integró la Comisión Directiva de la APBA. Desarrolla su actividad clínica en Buenos Aires]

Si consideramos al nombre que bautiza esta revista, algunas de las acepciones del verbo traspasar pueden ser muy gráficas e ilustrativas respecto del tema que nos ocupa.

Traspasar significa, entre otros sentidos, “pasar una cosa más allá de cierto límite”, “infringir una norma o ley explícita o implícita”, “pasar algo de un medio a otro”. Todas estas acepciones se ajustan a lo que veremos a continuación respecto de lo público/privado, ya que en la relación están contenidas las posibilidades siguientes: la de atravesamiento de la barrera de discrecionalidad que separa ambos escenarios, la de la eventual transgresión voluntaria o no intencional y el consecuente trasvasamiento de los contenidos privados a un medio distinto, el público.

Publicada póstumamente “Conductas y actitudes”, obra del psiquiatra español Carlos Castilla del Pino (1922-2009) aporta útiles referencias sobre la noción de privado al situarla entre otras dos con las que integra cierto ternario: público e íntimo.

El autor lo hace tomando como criterio distintivo el estatuto de observables que pueden poseer los comportamientos y actuaciones de los sujetos sociales que se mueven en ellos.

De allí que nos parezca acertado que Castilla del Pino defina a público, privado e íntimo como escenarios, marcos donde se desarrolla la acción humana en su dimensión social, ámbitos que regulan y determinan la mostrabilidad o no mostrabilidad de los comportamientos y, en función de eso, su pertinencia o no pertinencia al contexto en que tienen lugar. Y sobre todo (ésto nos interesa particularmente) al hecho de ser frecuentemente traspasados las móviles y permeables fronteras que delimitan los tres escenarios.

Sin duda, debemos anticipar que, sutil o crudamente ejercida, esta violencia es sufrida por el otro o los otros, en el caso que no exista mutuo acuerdo o consentimiento por ambas partes, que no consensúen respecto de esas divisorias que separan un escenario del otro. Sea mostrar, hacer ver (o hacer escuchar), sea invadir con la mirada (o el oído), el efecto en todas las casos es “chocante” y produce efectos disruptivos en grado variable.

No se pretende, en lo que sigue, ir más lejos que el de un brevísimo resumen de lo expuesto, aquí y allá, en la obra del psiquiatra español, utilizándolo como preámbulo general para desarrollos subsiguientes. Serán especulaciones concernientes al campo de lo visible, de lo “dado a ver” o del penetrar, mediante el complejo audio-perceptivo, en el territorio del otro o los otros. En fin, que la noción de espectáculo vertebrará, como horizonte, futuros desarrollos.

En principio, señala Castilla del Pino, sólo hay de hecho dos formas de vida: la pública y la íntima. La primera constituye el conjunto de actuaciones observables que pueden y hasta deben, en muchos casos, ser mostrados por el protagonista/actor y observadas por los otros, sean uno, varios o muchos (no en vano se designa a este conjunto “el público”). Son actuaciones “exteriorizadas” y que lo sean no significa que necesariamente deban serlo en todos los casos. Pasemos ahora a lo privado.

Ocurre que, a tenor de esta condición de observables, puede surgir la necesidad o el deseo de que no lo sean. Entonces estas acciones y conductas se llevan a cabo en espacios reservados, defendidos de la mirada de los otros, ámbitos donde de modo explícito o implícito existe una barrera, un límite, un acotamiento, una cobertura –llamémosla como se quiera- que impide o dificulta el libre acceso a la observabilidad (o escuchabilidad) de lo que tiene lugar más allá. Tal el marco de lo privado constituido y legislado por “marcas o señales de privacidad”.

Son marcas que advierten al ocasional espectador que no debe acceder, que debe abstenerse de penetrar ese espacio, que no está permitido mirar o escuchar lo que allí transcurre. Se ha de afirmar que lo privado es una modalidad o variante de lo público, pero marcado por lo restrictivo.

Si privar significa, entre otras cosas, quitar, prohibir, vedar, privado es todo lo llevado a cabo en espacios configurados a partir de una norma limitante, que restringe a unos pocos al derecho consentido y autorizado por el actor a darles acceso.

Por lo tanto va de suyo que este ámbito privado puede ser eventualmente violentado. La variante de lo público que es lo privado ha tenido que ser regulada mediante normas e instancias legislantes porque, de hecho, es susceptible de ser observado a pesar de medidas y precauciones, (es decir, no obstante los marcadores que indican que “no debe hacerse”). Si a la vida privada hay que defenderla con estas medidas es porque su marco más amplio lo constituye la vida pública, a la cual pertenece por definición.

La actuación pública se rige por el “principio de exhibición” como lo llama Castilla del Pino: toda actuación pública ha de ser observada y observable y es preciso adecuarse a ello. Por su parte la privada se rige por el “principio de exhibición/discreción”. En nuestra vida privada todo lo que hacemos es potencialmente observado y observable y para mantener y sostener la privacidad se utilizan los llamados “marcadores de discrecionalidad”, mediante los cuales damos a entender que nuestros comportamientos no deben ser vistos. El sujeto que está en posición de “indiscreto” transgrede esta barrera y nos observa o escucha más allá de lo que pretendemos exteriorizar o exponer, funcionando así como voyeur.

En cuanto al vocablo publicar, salvando su sentido más común, consideremos que la violación de las actitudes privadas, de la privacidad, es posible justamente porque tales actividades poseen la propiedad de toda actuación pública, como ya se señaló; por eso son y pueden ser objeto de registro mediante textos, fotografías, filmaciones o grabaciones para que otros accedan a ellas. Se trata, en este caso, de la llamada voluntad de difusión. De no mediar esta voluntad –que puede darse en cualquiera de los dos protagonistas- lo privado permanecería en su ámbito restrictivo. Al decir difusión, debemos entender una dispersión, una metafórica extensión o diseminación a escenarios más amplios, traspasando los límites que confinan y sitúan una conducta o comportamiento.

Es necesario precisar algo: si bien acceder a un espacio vedado puede ocurrir accidentalmente, se levanta en forma automática una barrera defensiva en el espectador, éste reinstala en sí mismo ese límite que lo hace “no querer ver y/o escuchar”. Allí el espectador puede ser (y de hecho lo es) violentado, es decir forzado más allá de su voluntad y deseo. Algo se le impone, sin su aquiescencia, como espectáculo.

Por lo tanto, solamente interesará aquí cuando hubo voluntad o intención maliciosa de transgredir o traspasar ese límite. Esa violencia, cuyo espectro puede transitar la más amplia gama de intensidades se dirige al otro, pero también a la norma que regula y tempera las interacciones sociales.

Privar significa, entre otras cosas, quitar, prohibir, vetar…privado es todo lo llevado a cabo en espacios configurados por una norma limitante

Finalmente veamos el escenario de lo íntimo. Muchas veces se lo sinonimiza con el de lo privado. No es así: lo íntimo no es necesario que sea preservado o defendido mediante normas pues, estructuralmente es imposible acceder a él. Íntimo remite a “interior”, “muy interior” o “lo más interior”. Las actuaciones íntimas se definen por ser inobservables. Imposibilidad que deviene de que la intimidad es, como lo expresa Castilla del Pino, de “naturaleza sólo mental”.

Aunque uno pretenda comunicar su vida íntima, despojarse de todo y exhibir su interior de modo radical, ésto es imposible porque hay que utilizar un lenguaje válido y perteneciente a lo colectivo, utilizado para lo público/privado, con lo cual lo íntimo queda invalidado respecto a su comunicabilidad. Podemos hacer sólo una trasposición imperfecta de la vivencia íntima a la actitud pública/privada, teniendo siempre en cuenta su insuficiencia, su carencia de adecuación posible y plausible.

Porque no hay lenguaje verbal y/o gestual capaz de dar cabal cuenta de la totalidad de una experiencia íntima, ésta queda y quedará confinada al sujeto que la vivenció, mientras que al otro solamente le restará el pequeño margen de inferirla o conjeturarla. Lo cual es fuente de un equívoco muy común: frecuentemente se escucha decir que alguien se “abrió”, “reveló sus intimidades” ante otro, que lo hizo partícipe de “lo más íntimo de su ser”, mediante una actitud “confidente”. En tal confidencia, lejos de ser su intimidad lo revelado o mostrado, sólo se ha transmitido al otro algo reservado, se lo ha dejado entrar en un ámbito muy reducido de su privacidad.

Serán especulaciones concernientes al campo de lo visible, de “lo dado a ver” o del penetrar…en el territorio del otro

De no existir y darse esta imposibilidad estructural de acceder a lo íntimo se produciría una circunstancia impensable por aterradora: se podría saber todo de todos y se estaría en el punto máximo de indefensión y vulnerabilidad. Por fortuna quedará siempre una extensa área de si mismo que, por principio, será inviolable por más violencia sutil o arrasadora que se ejerza.

Privar significa, entre otras cosas, quitar, prohibir, vetar…privado es todo lo llevado a cabo en espacios configurados por una norma limitante

Serán especulaciones concernientes al campo de lo visible, de “lo dado a ver” o del penetrar…en el territorio del otro.

AIIAP